Navarra: ¿Cómo desgrava vivir de alquiler (III)?

Conozca las ventajas fiscales del programa DaVid.

Navarra: ¿Cómo desgrava vivir de alquiler (III)?

¿Qué es DaVid? Es una propuesta del Gobierno de Navarra para ayudar a personas y familias con bajos ingresos que no logran acceder a una vivienda protegida en alquiler.

¿En qué consiste la ayuda? En una deducción de la cuota diferencial del IRPF que se abona cada mes de forma anticipada. Su importe es el 50% de del alquiler mensual, con un máximo de 300, 250 o 200 euros mensuales en función de los ingresos familiares ponderados de los solicitantes.

¿Cuáles son los requisitos de ingresos? Se exigen unos ingresos mínimos de 3.000 euros y unos  ingresos máximos ponderados inferiores a 1,7 veces SARA, según la última declaración de renta presentada con plazo ordinario de presentación cerrado.

Por si no lo conoce, SARA o Suficiencia Adquisitiva por Renta Adecuada, es el nuevo indicador propuesto para sustituir al IPREM. Su valor, para los ingresos obtenidos en 2020, es 8.797,94 euros.

¿Cuál es el importe máximo de alquiler? La renta mensual no puede superar 650 euros.

¿Es obligatorio estar inscrito en el Censo de solicitantes de vivienda protegida? Sí, es obligatorio estar inscrito en la modalidad de arrendamiento, o arrendamiento con opción de compra con una antigüedad ininterrumpida de al menos 1 año a 1 de enero.  Además, si se es arrendatario de una vivienda protegida con contrato visado administrativamente, el contrato debe tener esa misma antigüedad.

No obstante, tenga en cuenta que por el COVID-19, durante 2021 no se va exigir esa antigüedad.

¿Cómo se solicita DaVid? De forma telemática en navarra.es, o bien presencialmente en las oficinas de NASUVINSA (Avda. San Jorge nº 8 de Pamplona).

¿Cuándo se paga la ayuda? Mensualmente, a mes vencido, previa justificación del pago del alquiler.

¿Por cuánto tiempo se concede la ayuda? Por un año, pero puede pedirse su renovación sin límite temporal.

¿Existe alguna restricción para acceder a la ayuda? No se tiene derecho a la deducción si concurre alguna de las siguientes circunstancias:

  • Ser titular de vivienda o haber transmitido una en los últimos 5 años (salvo excepciones).
  • Ser pariente del arrendador hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
  • Haber declarado como ingresos de la parte especial del ahorro una cantidad superior a 5.000 euros.
  • Tener bienes y derechos por valor superior a 90.000 euros.
  • Ser  subarrendador o subarrendatario de la vivienda.
  • Existir otra persona beneficiaria de DAVID en la misma vivienda.

¿Es incompatible esta ayuda con alguna otra deducción por alquiler? Sí, con la deducción general y con la prevista para la emancipación de los jóvenes.

¿Qué especialidades hay para los beneficiarios del programa VAIS (Vivienda de Integración Social)?

  • El importe de la deducción es del 60%, con un máximo de 360 euros mensuales.          
  • El plazo máximo de la deducción es de 2 años consecutivos.
  • El solicitante ha de tener una antigüedad de al menos 1 año como beneficiario del programa VAIS.

Nuestros profesionales le informarán sobre todos los detalles de esta deducción.